Micelio

Artículo 3

Modificar Parcialmente El Artículo 2° Del Acuerdo Número 096 De 1980

Decreto 2703 de 1980 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 134 de 1980, de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, que modifica la Planta de Personal de la Seccional del Huila, con modificaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modificar parcialmente el artículo 2° del Acuerdo número 096 de 1980. por el cual se crean irnos empleos para la Atención Especializada, de Urgencias y de Servicios de Apoyo en la ciudad de Neiva, en los siguientes términos: y Suprimir los empleos que se indican a continuación: Él

Parágrafo 5

quedará así:

Parágrafo 5

'Los(as) Enfermeros (as) de las diferentes unidades, prestarán atención a los pacientes hospitalizados, por fuera- de los turnos ordinarios, de acuerdo con la programación que para el efecto determine el Jefe de la División de Servicios de Salud". Adicionar el artículo 2° del Acuerdo número 096 de 19SO con el siguiente

Parágrafo

"

Parágrafo 6

El Jefe de la. División de Servicios de Salud, creado en el ordinal b) del artículo 1 de este-Acuerdo, cumplirá, además de las funciones propias de su empleo, las da Director, de la Clínica del Instituto en la ciudad de Neiva. cargo que se suprime en este artículo".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2703 de 1980