Micelio

Artículo 1

El Artículo 2º Del Decreto 2881 De 1936, Quedará Así: "la Ganancia Gravable De Las Personas Naturales O Jurídicas Extranjeras, Sin Domicilio Ni Representante Legal En Colombia, Que Obtengan Ingresos En El País, Por Concepto De Explotación De Películas Cinematográficas, Se Determinará Deduciendo De Las Sumas O Cantidades Brutas Que Les Paguen O Acrediten Anualmente Por Cualquier Concepto Los Contratantes Que Lleven A Cabo En El País Esa Explotación, Un Cincuenta Por Ciento (50%) De Tales Sumas, A Título De Gastos Y Demás Deducciones Legales

Decreto 1928 de 1937 · Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con el impuesto sobre la renta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El artículo 2º del Decreto 2881 de 1936, quedará así: "La ganancia gravable de las personas naturales o jurídicas extranjeras, sin domicilio ni representante legal en Colombia, que obtengan ingresos en el país, por concepto de explotación de películas cinematográficas, se determinará deduciendo de las sumas o cantidades brutas que les paguen o acrediten anualmente por cualquier concepto los contratantes que lleven a cabo en el país esa explotación, un cincuenta por ciento (50%) de tales sumas, a título de gastos y demás deducciones legales. La retención del impuesto que deben verificar las personas naturales o jurídicas brutas que paguen a las personas naturales o jurídicas extranjeras, se hará sobre la totalidad de esas sumas, pues la deducción sólo será aceptada por el Jefe de Rentas e Impuestos Nacionales con ocasión de las declaraciones que deben hacer las personas naturales o jurídicas extranjeras conforme lo preceptúa el ordinal 3º del artículo 7º de la Ley 81 de 1931. Honorarios de los peritos avaluadores de bienes incorporales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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