Micelio

Artículo 4

Las Horas Para El Recibo Y Despacho De Carga Y Para Las Operaciones En General De La Zona, Serán Fijadas Por La Gerencia De Ésta, De Acuerdo Con Las Necesidades De La Misma En Cada Caso De Ello Dará Aviso Oportuno A La Aduana Para, Que Ésta Suministre El Personal Necesario Con Las Instrucciones Qué Juzgue Convenientes

Decreto 1406 de 1973 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Francas, Industrial y Comercial de Buenaventura

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las horas para el recibo y despacho de carga y para las operaciones en general de la Zona, serán fijadas por la Gerencia de ésta, de acuerdo con las necesidades de la misma en cada caso De ello dará aviso oportuno a la Aduana para, que ésta suministre el personal necesario con las instrucciones qué juzgue convenientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1406 de 1973