La Junta de Administración del Fondo, tendrá las siguientes atribuciones
Estudiar los programas que se le propongan para ser financiados con dineros del Fondo;
Elaborar el proyecto de presupuesto para el Fondo de Fomento Agropecuario;
Dictar los reglamentos que rijan el funcionamiento del Fondo;
Autorizar y aprobar los contratos. Los superiores a $ 50.000, deberán ser refrendados por el Ministro;
Organizar los servicios generales y especiales que a su juicio correspondan al objetivo del Fondo;
Promover la consecución de fondos para el sostenimiento y ensanche del Fondo;
Delegar en el Administrador, y por el tiempo que ella disponga, cualquiera de sus funciones, y
En general, dictar toda clase de providencias que la necesidad y la conveniencia del Fondo requieran.