Micelio

Artículo 29

Decreto 788 de 1994 · por el cual se aprueban los estatutos sociales de la sociedad Minerales de Colombia S.A., Mineralco S.A., y la reforma parcial de los mismos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los dos (2) representantes del señor Presidente de la República en la Junta Directiva y sus suplentes, no tendrán período fijo. Los de los accionistas lo tendrán por dos (2) años, a partir del momento de su designación, pero podrán ser reelegidos indefinidamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 788 de 1994