Micelio

Artículo 22

Asignación De Apoyos Financieros De La Nación Al Pap-Pda

Decreto 2246 de 2012 · por el cual se reglamenta el artículo 21 de la Ley 1450 de 2011 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Asignación de Apoyos Financieros de la Nación al PAP-PDA. Los recursos de apoyo financiero de la Nación serán asignados por el MVCT mediante resolución. Expedida la resolución y el registro presupuestal correspondiente, los recursos se entenderán comprometidos presupuestalmente a favor de cada entidad territorial beneficiaria. Los departamentos que tienen pendiente la primera asignación de los recursos de apoyo financiero de la Nación de la Bolsa "Inversiones PAP-PDA", deberán estar debidamente vinculados al PAP-PDA y contar con un Acta de Concertación de la línea base de diagnóstico, aportes y estructuras operativas. Los departamentos podrán acceder a más de una asignación, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el convenio señalado en el artículo siguiente. La asignación de recursos de la bolsa "Concurso Territorial" se podrá hacer a partir del momento en que el departamento se encuentre vinculado al respectivo PAP-PDA. La resolución de asignación perderá efecto si la entidad territorial beneficiaria de los apoyos financieros de la Nación no acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos para el pago, dentro de los tres meses siguientes a la fecha de la comunicación de la respectiva resolución de asignación.

Parágrafo

Los recursos de apoyo financiero de las bolsas Concurso Territorial y Proyectos Estratégicos podrán ejecutarse mediante apoyo financiero a los entes territoriales o través de una Gerencia Integral que para tal efecto contratará la Nación, evento en el cual se definirá en el marco del contrato el mecanismo para hacer efectivo el apoyo financiero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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