Micelio

Artículo 2

Ley 98 de 1936 · por la cual se honra la memoria del Maestro Francisco A. Cano

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional procederá a comprar, hasta por la suma de tres mil pesos ($3.000), obras escogidas de tan insigne autor, previo avaluó por peritos y con la intervención de la Dirección de Bellas Artes creada por la Ley 12 de 1934 . Estas obras se destinaran a los Museos de Bellas Artes de Bogotá y Medellín.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 98 de 1936