El Ministerio de Obras Públicas incluirá en el plan de pavimentación de carreteras nacionales de 1964, 1965, 1966, 1967 y 1968, las calles y carreras comprendidas en el sector urbano de la ciudad de Puerto Tejada, que de la plaza principal van al Hortigal, Padilla, Santander y Cali, hasta donde termina el área urbana, y las entregará pavimentadas tomando de sus fondos, sin costo alguno para el Municipio.
Ley 59 de 1964 →Vigente
Artículo 9
Ley 59 de 1964 · Por la cual se decreta la cooperación de la Nación para la construcción de unas obras de utilidad pública en el Municipio de Puerto Tejada, Departamento del Cauca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.