Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrese El Siguiente Crédito Adicional Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1972
Decreto 2309 de 1972 · Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1972. (Ministerio de Educación Nacional ), por $ 54.200.000, (Ministerio de Salud Pública) , por $ 5.000.00.00 y (Ministerios de Gobierno y Educación Nacional), por $ 2.753.000.00
01
El texto del artículo
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° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Educación Nacional. Capítulo 281 Ministerio de Educación Nacional Programa 316 Educación elemental Transferencias 203 312 412. Artículo 3111. Aporte a los Departamentos para sueldos del magisterio $ 54.200.000.00 Ordinales
1.
Bogotá, D. E. $ 5.000.000.00
2.
Antioquia 2.000.000 00
3.
Atlántico 2.000.000.00 7. Cauca. 9.000.000.00 8. Cesar 1.200.000.00 12. Guajira. 4.000.000.00 14. Magdalena. 7.000.000.00 16. Nariño. 11.000.000.00 17. Norte de Santander. 2.000.000.00 18. Quindío. 4.000.000.00 22. Tollina 2.000.000.00 23. Valle. 5.000.000.00 Suma el crédito adicional. $ 54.200.000.00
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.