Micelio

Artículo 2

El Instituto Colombiano De Comercio Exterior, Incomex, Registrará Los Contratos De Que Trata El Artículo 1º Del Presente Decreto, Siempre Que Cumplan Los Siguientes Requisitos: A) Identificación De Las Partes, Con Expresa Consignación De Su Nacionalidad Y Domicilio; B) Identificación De Las Modalidades Que Reviste La Transferencia De Tecnología Que Se Importa; C) Valor Contractual De Cada Uno De Los Elementos Involucrados En La Transferencia De Tecnología; D) Determinación Del Plazo De Vigencia

Decreto 259 de 1992 · por el cual se reglamenta la Decisión 291 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Instituto Colombiano de Comercio Exterior, Incomex, registrará los contratos de que trata el artículo 1º del presente Decreto, siempre que cumplan los siguientes requisitos

a)

Identificación de las partes, con expresa consignación de su nacionalidad y domicilio;

b)

Identificación de las modalidades que reviste la transferencia de tecnología que se importa;

c)

Valor contractual de cada uno de los elementos involucrados en la transferencia de tecnología;

d)

Determinación del plazo de vigencia.

Parágrafo 1

El Instituto Colombiano de Comercio Exterior, Incomex, no registrará los contratos que contengan alguna de las siguientes cláusulas

a)

Cláusulas conforme a las cuales la empresa vendedora de tecnología o concedente del uso de una marca se reserve el derecho de fijar los precios de venta o reventa de los productos que se elaboren con base en la tecnología respectiva;

b)

Cláusulas que obliguen al comprador de tecnología a transferir al proveedor los inventos o mejoras que se obtengan en virtud del uso de dicha tecnología.

Parágrafo 2

De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Decisión 291 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena. el Instituto Colombiano de Comercio Exterior, Incomex, no registrará los contratos que contengan cláusulas que prohiban o limiten de cualquier manera la exportación de los productos elaborados con base en la tecnología respectiva o que prohiban o limiten el intercambio subregional o la exportación de productos similares a terceros países.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 259 de 1992