°. Trasládase en el Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1921, del Ministerio de Guerra, capítulo 43-Material del Ejército, -artículo 432, la suma de sesenta mil pesos- ($ 60,000), a la siguiente imputación:
Decreto 265 de 1921 →Vigente
Artículo 1
Trasládase En El Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Fiscal De 1° De Enero A 31 De Diciembre De 1921, Del Ministerio De Guerra, Capítulo 43-Material Del Ejército, -Artículo 432, La Suma De Sesenta Mil Pesos- ($ 60,000), A La Siguiente Imputación:
Decreto 265 de 1921 · Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.