Inspección, Vigilancia y Control. Sin perjuicio de las competencias asignadas a otras autoridades, el Fonpres estará sujeto a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud.
JURISPRUDENCIA
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 13. Inspección, Vigilancia y Control. Sin perjuicio de las competencias asignadas a otras autoridades, el Fonpres estará sujeto a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud.