Micelio

Artículo 46

Ley 68 de 1924 · LEY 68 DE 1924, 26/12/1924, Sobre fundación de un Banco Agrícola Hipotecario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El inciso 3° del artículo 7°, de la Ley 24 de 1921, quedará así:

El Registrador extenderá, al pie o al respaldo del documento, un certificado de inscripción, en que consten las especificaciones contenidas en ella, pudiendo referirse, en cuanto a la determinación de los objetos, al contenido del documento. Tanto para los documentos, como para los certificados de inscripción y endosos, la Superintendencia Bancaria preparará y distribuirá los formularlos del caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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