Micelio

Artículo 210

Ley 167 de 1941 · Sobre organización de la jurisdicción Contencioso-administrativa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La demanda deberá contener:

a)

La expresión del acto que se acusa y la declaración que con respecto a él se solicita

b)

Los motivos por los cuales se demanda su anulación, o la rectificación, en sus respectivos casos;

c)

Las disposiciones que se estimen violadas y el concepto de la violación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 167 de 1941