Micelio

Artículo 2.2.3.3.4.4,1.2

,1

Decreto 1073 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

,1.2. Medición y facturación comunitaria. Para que un Comercializador de Energía Eléctrica pueda efectuar la medición y facturación comunitaria deberá

a)

Instalar a su costo contadores en el punto de conexión a partir del cual se suministra electricidad al Área Especial de Prestación del Servicio;

b)

Realizar la facturación al grupo de usuarios a partir de las lecturas de tales contadores;

c)

Efectuar a su costo las adecuaciones técnicas y eléctricas que sean del caso con el objeto de aislar el Área Especial, de cualquier otro grupo de usuarios, y

d)

Suscribir el acuerdo a que se refiere el artículo 2.2.3.3.4,2.1. por parte de un representante de la empresa, uno de la comunidad que representa al Área Especial y por el alcalde municipal o distrital, según sea el caso. (Decreto 111 de 2012, artículo 11)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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