Funciones . Son funciones de la Unidad de Planeación Minero Energética
Establecer los requerimientos energéticos de la población y de los agentes económicos del país, con base en proyecciones de demanda que tomen en cuenta la evolución más probable de las variantes demográficas y económicas y de precios de los recursos energéticos;
Establecer la manera de satisfacer dichos requerimientos teniendo en cuenta los recursos energéticos existentes, convencionales y no convencionales, según criterios económicos, sociales, tecnológicos y ambientales;
Elaborar y actualizar el Plan Energético Nacional, el Plan de Expansión del Sector Eléctrico y el Plan Nacional Minero, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo;
Evaluar la conveniencia económica y social del desarrollo de fuentes y usos energéticos no convencionales, así como el desarrollo de energía nuclear para usos pacíficos;
Evaluar la rentabilidad económica y social de las exportaciones de recursos mineros y energéticos;
Realizar diagnósticos que permitan la formulación de planes y programas del sector energético;
Establecer y operar los mecanismos y procedimientos que permitan evaluar la oferta y demanda de minerales energéticos, hidrocarburos y energía, y determinar las prioridades para satisfacer tales requerimientos, de conformidad con la conveniencia nacional;
Recomendar al Ministro de Minas y Energía políticas y estrategias para el desarrollo del sector energético;
Prestar los servicios técnicos de planeación y asesoría y cobrar por ellos. Tales servicios serán prestados sin perjuicio del cumplimiento de las demás funciones asignadas;
Establecer prioritariamente un programa de ahorro y optimización de energía;
Las demás que le atribuyan las leyes.
La Unidad de Planeación Minero Energética estará sujeta al control de tutela que ejerza el Ministerio de Minas y Energía en los términos de ley; en consecuencia, desarrollará sus funciones bajo la orientación del Ministro de Minas y Energía.