°. Suprimir de la planta de personal del Ministerio de Justicia, establecida mediante el Decreto número 883 de 1991, los cargos que a continuación se relacionan, en desarrollo del Decreto número 2157 de 1992. No. de cargos Denominación y dependencia Código Grado OFICINA DE INVESTIGACIONES SOCIO JURIDICAS Y DE PREVENCION DEL DELITO 1 Técnico Administrativo 4065 09 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 DESPACHO DEL SECRETARIO GENERAL 1 Secretario Ejecutivo 5040 17 1 Auxiliar Administrativo 5120 11 1 Conductor Mecánico 6010 08 OFICINA JURIDICA 1 Ayudante de Oficina 5155 07 1 Conductor Mecánico 6010 08 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 DIVISION DE PERSONAL 1 Profesional Universitario 3020 05 1 Auxiliar de Técnico 4110 06 1 Coordinador 5005 21 1 Cajero 5095 10 5 Secretario 5140 10 2 Secretario 5140 08 2 Secretario 5140 06 3 Ayudante de Oficina 5155 07 DIVISION ADMINISTRATIVA 1 Secretario Ejecutivo 5040 13 4 Secretario 5140 10 1 Secretario 5140 08 2 Secretario 5140 06 1 Supervisor 5105 12 2 Ayudante de Oficina 5155 07 4 Ayudante de Oficina 5155 05 2 Operario Calificado 6000 09 5 Operario Calificado 6000 05 9 Celador 6020 06 1 Conductor Mecánico 6010 08 29 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 DIVISION DE PRESUPUESTO Sección de Ejecución Presupuestal. 1 Técnico en Presupuesto 4035 10 1 Coordinador 5005 21 1 Secretario 5140 08 Sección de Tesorería. 1 Técnico en Presupuesto 4035 10 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 DIVISION DE ASISTENCIA A LA RAMA JURISDICCIONAL 1 Secretario Ejecutivo 5040 17 1 Ayudante de Oficina 5155 07 DIRECCION GENERAL DE LA ESCUELA JUDICIAL "RODRIGO LARA BONILLA" DIVISION DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y DESARROLLO INSTITUCIONAL 1 Dibujante 4095 08 1 Secretario 5140 08
Decreto 2265 de 1993 →Vigente
Artículo 1
°
Decreto 2265 de 1993 · por el cual se establece la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.