En los contratos de trabajo celebrados con personas extranjeras que ingresen al país para trabajar con empresas establecidas en zona franca, podrá estipularse que éstos no se rigen por la legislación laboral colombiana. Respecto de los trabajadores nacionales la legislación laboral colombiana constituirá el mínimo de garantías a que tienen derecho.
Ley 47 de 1981 →Vigente
Artículo 68
Ley 47 de 1981 · Por la cual se expide el estatuto orgánico de las zonas francas industriales y comerciales, se reviste de facultades extraordinarias al Presidente de la República y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.