La Contraloría General de la República, sin perjuicio de las sanciones penales a que hubiere lugar, solicitará la suspensión o retiro definitivo, según la gravedad del caso, del funcionario a quien se compruebe haber autorizado que se destina una apropiación presupuestal a fines distintos a los contemplados en ella o a gastos similares de otra dependencia. Igual sanción se aplicará a quienes autoricen adquirir con cargo a la partida para gastos varios e imprevistos, materiales, elementos o servicios no requeridos ni autorizados por la ley.
El Ministerio de Hacienda y crédito Público –Dirección General del Presupuesto, se abstendrá de estudiar y aprobar los créditos adicionales o traslados presupuestales propuestos, cuando compruebe que se ha incurrido en la irregularidad de que trata el artículo anterior.