Conformación. La Comisión de Personal se integra por dos representantes de la Entidad y dos representantes de los empleados, y será presidida por el miembro elegido por la comisión en los términos del Artículo 16 de la Ley 909 de 2004. Los representantes de los empleados ante la Comisión de Personal y sus suplentes serán elegidos para periodos de dos años, que se contarán a partir de la fecha de la comunicación de la elección. Los representantes de los empleados y sus suplentes no podrán ser reelegidos para el periodo siguiente.
PARÁGRAFO TRANSITORIO: Mientras no sea modificada, continuará vigente la Resolución 100-000256 del 20 de enero de 2022, en la cual se establece la conformación de la Comisión de Personal de la Superintendencia de Sociedades.