Micelio

Artículo 2.2.16.6.9

Responsabilidades

Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Responsabilidades . El ISS, hoy Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), deberá

1.

Definir el Tipo de pensión a que tenga derecho el servidor o ex servidor público.

2.

Verificar las certificaciones de historia laboral expedidas por las entidades públicas.

3.

Reportar a la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público las vinculaciones que se tendrán en cuenta para la liquidación del bono pensional especial Tipo T a través del medio y el procedimiento que establezca dicha Oficina.

4.

Informar a los cuotapartistas del bono pensional especial Tipo T su participación en el mismo.

5.

Cobrar el cupón de bono pensional especial Tipo T a los cuotapartistas del bono remitiendo la respectiva resolución por la cual otorga la pensión. (Decreto 4937 de 2009, artículo 10)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1833 de 2016