Para ser interno de la clínica se requiere haber terminado estudios de medicina en una universidad colombiana aprobada o en una extranjera reconocida oficialmente en Colombia. La escogencia de los internos será por el jefe del departamento medico de acuerdo con el director de la clínica, teniendo en cuenta las mejores calificaciones obtenidas en los a\os de estudios universitarios.
Decreto 2205 de 1968 →Vigente
Artículo 55
Para Ser Interno De La Clínica Se Requiere Haber Terminado Estudios De Medicina En Una Universidad Colombiana Aprobada O En Una Extranjera Reconocida Oficialmente En Colombia
Decreto 2205 de 1968 · por el cual se aprueba el Reglamento General del Departamento Médico de la Caja Nacional de Previsión.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.