Micelio

Artículo 11

Prima De Navidad

Decreto 2334 de 1971 · Por el cual se regula el régimen de remuneraciones y prestaciones sociales de los empleados públicos y trabajadores oficiales de las entidades descentralizadas adscritas o vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prima de navidad. Los empleados públicos y trabajadores oficiales, tendrán derecho a una prima de navidad equivalente a un mes de la asignación correspondiente en 30 de noviembre de cada año y será pagada en la primera quincena del mes de diciembre; cuando el trabajo fuere a destajo, se tomará como base para la liquidación de la prima de navidad el promedio de los salarios devengados en los once (11) primeros meses del año o de todo el tiempo si fuere menor.

Parágrafo

Cuando el empleado o trabajador no haya servido el año completo, tiene derecho al reconocimiento de la Prima de Navidad, a razón de una doceava parte por cada mes completo de servicio, y con base en el último salario devengado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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