Micelio

Artículo 2

Ley 37 de 1982 · “por la cual se decreta un gasto público sujeto al Plan y Programa aprobados por la Ley 30 de 1978 y se dictan Disposiciones sobre su manejo e inversión”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gasto Público decretado por esta ley será incorporado en el Decreto de liquidación del Presupuesto Nacional que expide el Gobierno de acuerdo a la distribución presentada por las Comisiones Cuartas Constitucionales del Senado y Cámara de Representantes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 37 de 1982