Micelio

Artículo 10

Decreto 1649 de 1964 · Por el cual se reglamenta la Ley 101 de 1963

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo décimo. La Federación Nacional de Arroceros procederá a celebrar inmediatamente con el Gobierno Nacional, el contrato a que se refiere el artículo cuarto de la Ley 101 de 1963, para la inversión de los fondos respectivos de acuerdo con planes y presupuestos encaminados al logro de los objetivos de dicha Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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