º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíque se y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 24 de mayo de 1999. ANDRES PASTRANA ARANGO La Ministra de Comunicaciones, Claudia de Francisco. El Ministro de Cultura, Alberto Casas Santamaría
Decreto 869 de 1999 →Vigente
Artículo 4
º
Decreto 869 de 1999 · por el cual se reglamenta el traspaso de bienes dispuesto en el artículo 47 de la Ley 397 de 1997
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.