Los Fondos de Pensiones Obligatorias, Fondos de Pensiones, Jubilación e Invalidez y los Seguros Privados de Pensiones deberán reportar anualmente la información correspondiente de los movimientos y/o transacciones, con relación a los aportes obligatorios y voluntarios que correspondan a las entidades patrocinadoras y/o empleadoras y los aportes obligatorios y voluntarios que correspondan al afiliado, según lo dispuesto en el literal a) del artículo 623 y 631-3 del Estatuto Tributario, conforme con los parámetros establecidos, así:
Aportes Obligatorios. Los Fondos de Pensiones Obligatorias y Fondos de Pensiones, Jubilación e Invalidez deberán reportar de los aportes obligatorios la siguiente información, conforme con los parámetros establecidos en las Especificaciones Técnicas del Formato 2277 Versión 1, así:
Tipo del documento del afiliado
Número de identificación del afiliado
Apellidos y Nombres del afiliado
Ubicación del afiliado
Correo Electrónico del afiliado
Tipo de Aportante
Tipo del documento del Aportante
Número de identificación del Aportante
Valor total de los aportes efectuados durante el periodo por el aportante
Aportes Voluntarios: Los Fondos de Pensiones Obligatorias, Fondos de Pensiones, Jubilación e Invalidez y los Seguros Privados de Pensiones deberán reportar de los aportes voluntarios, conforme con los parámetros establecidos en las Especificaciones Técnicas del Formato 1022 Versión 9, la siguiente información:
Tipo de Aporte
Tipo del documento del afiliado
Número de identificación del afiliado
Apellidos y Nombres del afiliado
Ubicación del afiliado
Correo Electrónico del afiliado
Número de la cuenta
Valor del saldo inicial de los aportes
Valor Total de los aportes efectuados durante el periodo
Valor de los retiros de los aportes efectuados durante el periodo sin requisitos para beneficio tributario.
Valor de los retiros de los aportes efectuados durante el periodo con requisitos para beneficio tributario
Valor rendimientos causados en el periodo
Valor de los retiros de rendimientos efectuados durante el periodo sin cumplir requisitos para beneficio tributario
Valor de los retiros de rendimientos efectuados durante el periodo cumpliendo requisitos para beneficio Tributario
Valor del saldo final de los aportes
Valor de la retención en la fuente practicada en el periodo
Para informar el Tipo de Aporte se debe utilizar la siguiente codificación:
TIPO APORTE
CÓDIGO: DESCRIPCIÓN
1: Aporte al régimen de ahorro individual con solidaridad (RAIS)
2: Aportes voluntarios a pensión
Adicionalmente, de los aportantes deberá reportarse la siguiente información:
Tipo de Aportante
Tipo del documento del Aportante
Número de identificación del Aportante
Valor de los aportes efectuados durante el periodo
Para informar el Tipo de Aportante se debe utilizar la siguiente codificación:
TIPO APORTANTE
CÓDIGO: DESCRIPCIÓN
1: Empleador
2: Partícipe independiente
3: Trabajador
4: Patrocinador
o. Los aportes obligatorios se deben reportar, cuando la suma anual de los aportes realizados por el empleador más los aportes efectuados por el trabajador o participe independiente o patrocinador, por este concepto, sea superior a cuatro millones de pesos ($4.000.000). En el caso de los aportes voluntarios, el reporte se efectúa sin importar la cuantía.
o. Los valores reportados en el Formato 1022, no deberán ser informados en los formatos 1001, 1014, 1056, 1159 y 5247 de pagos y abonos en cuenta y retenciones practicadas, ni en los formatos 1009 - “Saldos de cuentas por pagar a treinta y uno (31) de diciembre” o 1013 - “Información de los fideicomisos que administran”
o.
o. En el caso de la información de aportes voluntarios a fondos de pensiones voluntarias y obligatorias, la casilla “número de la cuenta” se debe diligenciar indicando el número de identificación del afiliado.
CAPÍTULO 4.
CUENTAS DE AHORRO PARA EL FOMENTO DE LA CONSTRUCCIÓN (AFC) Y CUENTAS DE AHORRO VOLUNTARIO CONTRACTUAL (AVC).