° Amplíase en 30 días más cada uno de los plazos señalados para hacer el embarque desde el interior y solicitar el respectivo registro de exportación de café sobre los contratos registrados con anterioridad al 20 de marzo del presente año y vigentes en esa fecha.
Decreto 867 de 1951 →Vigente
Artículo 1
Amplíase En 30 Días Más Cada Uno De Los Plazos Señalados Para Hacer El Embarque Desde El Interior Y Solicitar El Respectivo Registro De Exportación De Café Sobre Los Contratos Registrados Con Anterioridad Al 20 De Marzo Del Presente Año Y Vigentes En Esa Fecha
Decreto 867 de 1951 · Por el cual se aprueba la Resolución número 1 de la Oficina de Registro de Cambios del Banco de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.