El contrato de transporte internacional por carretera por servicios acumulativos que se celebra mediante la expedición de un solo boleto de pasaje, guía de encomienda o conocimiento de embarque, es único aunque el transporte se realice mediante la intervención de diferentes transportadores.
Decreto 1910 de 1973 →Vigente
Artículo 33
El Contrato De Transporte Internacional Por Carretera Por Servicios Acumulativos Que Se Celebra Mediante La Expedición De Un Solo Boleto De Pasaje, Guía De Encomienda O Conocimiento De Embarque, Es Único Aunque El Transporte Se Realice Mediante La Intervención De Diferentes Transportadores
Decreto 1910 de 1973 · Por el cual se pone en vigencia la Decisión número 56 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, sobre Transporte Internacional por Carretera dentro del Grupo Andino
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.