Corresponde Al Archivero Del Congreso La Clasificación, Ordenación Y Conservación De Los Documenten Que Se Encuentran En El Archivo Y Los Qus En Lo Sucesivo Rsmitan Los Secretarios De Las Cámaras Legislativas, Los Cuales Deberán Ser Legajados, Indizados Y Empastados Debidamente, Trabajo Éste Que Deberá Verificarse Bajo La Inmediata Vigilancia De Dicho Empleado, A Efecto De Facilitar Su Consulta Y Asegurar Su Conservación
Decreto 142 de 1926 · Por el cual se reglamenta la Ley 47 de 1915, sobre archivo y biblioteca del Congreso Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Corresponde al Archivero del Congreso la clasificación, ordenación y conservación de los documenten que se encuentran en el archivo y los qus en lo sucesivo rsmitan los Secretarios de las Cámaras Legislativas, los cuales deberán ser legajados, indizados y empastados debidamente, trabajo éste que deberá verificarse bajo la inmediata vigilancia de dicho empleado, a efecto de facilitar su consulta y asegurar su conservación.
Parágrafo
Los legajos referentes a proyectos de ley que queden pendientes de una legislatura, así como las demás documentos que tengan relación con aquéllos, no serán empastados sino después de que sé hayan terminado los debates o que hayan sido negados o suspendidos definitivamente.
Parágrafo
Los originales de las leyes que expida el Congreso se legajarán y empastarán junto con bus antecedentes, en orden cronológico, al terminar las sesiones del período anual correspondiente.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.