º Los educadores oficiales que trabajen en áreas rurales de difícil acceso, poblaciones apartadas determinadas previamente por las Juntas Seccionales de Escalafón y refrendadas por la Junta Nacional de Escalafón, y territorios nacionales, recibirán un auxilio mensual de movilización a partir del 1º de enero de 1983, de setecientos noventa pesos ($ 790.00) durante diez (10) meses del año correspondientes al periodo lectivo.
Artículo 5
Los Educadores Oficiales Que Trabajen En Áreas Rurales De Difícil Acceso, Poblaciones Apartadas Determinadas Previamente Por Las Juntas Seccionales De Escalafón Y Refrendadas Por La Junta Nacional De Escalafón, Y Territorios Nacionales, Recibirán Un Auxilio Mensual De Movilización A Partir Del 1º De Enero De 1983, De Setecientos Noventa Pesos ($ 790
Decreto 294 de 1983 · Por el cual se fijan las asignaciones correspondientes a los distintos grados de escalafón nacional docente y se dictan otras disposiciones sobre remuneraciones en el sector educativo oficial
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.