Micelio

Artículo 4

Ley 43 de 1916 · Por la cual se dispone la emisión de documentos de crédito público destinados al fomento de la agricultura

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La autorización de que trata el artículo l.° de esta Ley, tendrá efecto en cuanto el producto de las rentas y contribuciones nacionales de la presente vigencia económica, sea insuficiente para pagar el dinero los gastos a que la presente Ley se refiere.

Parágrafo

Si con el producto de las rentas y contribuciones de la actual vigencia se cubrieren en dinero parte de los gastos aludidos, la emisión de documentos se hará por lo que falte hasta completar la cuantía autorizada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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