Micelio

Artículo 253

Uso De Uniformes

Decreto 89 de 1984 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Uso de uniformes. Los Oficiales y Suboficiales en servicio activo y alumnos de las Escuelas de Formación de las Fuerzas Militares, usarán uniformes de conformidad con Reglamentación que expida el Ministerio de Defensa. Los Oficiales Generales y de Insignia en retiro podrán utilizar el uniforme militar en las fiestas patrias, actos del servicio especialmente convocados y en los actos sociales ofíciales en que se exija traje de etiqueta. Para las mismas ocasiones, los Comandantes de Fuerza podrán permitir el uso de uniforme militar a los demás Oficiales y Suboficiales en uso de retiro que así lo soliciten.

Parágrafo 1

El Ministro de Defensa queda facultado para autorizar el uso del uniforme militar a los Oficiales y Suboficiales en uso de retiro que desempeñen cargos en la Administración Pública, cuando tal uso se considere necesario o conveniente para el apropiado desempeño de dichos cargos.

Parágrafo 2

El uso del uniforme obliga a la observancia de las normas reglamentarias sobre su porte y somete a quien lo utilice a las correspondientes acciones correctivas o disciplinarias. El militar retirado que vista el uniforme con la debida autorización, tiene derecho a los honores establecidos para su grado pero no podrá ejercer el mando dentro de la institución militar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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