Micelio

Artículo 25

Ley 46 de 1987 · sobre Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 1988

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para abrir créditos adicionales y realizar traslados presupuestales deberá obtenerse el concepto previo y favorable de la Dirección General del Presupuesto y observarse lo establecido en las normas vigentes, en especial el Decreto 1529 de 1978.

Cuando las modificaciones afecten el presupuesto de inversión será necesario el concepto previo del Departamento Nacional de Planeación.

Cuando se trate de traslados presupuestales y de la adición prevista en el numeral 3o del artículo 101 del Decreto extraordinario 234 de 1973, el requisito previo de la resolución del ministro o jefe de departamento administrativo, deberá limitarse a declarar que existe un saldo crédito, no afectado e innecesario, que puede contracreditarse, sin que en ella se señale destinación alguna.

El producto de los reintegros de sobrantes consignados en la Tesorería General en la cuenta de recursos no apropiados no tendrán destinación específica y podrán servir de base para la apertura de créditos adicionales en el Presupuesto Nacional de acuerdo con las necesidades de la Nación evaluadas por el Ministerio de Hacienda Dirección General del Presupuesto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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