Micelio

Artículo 13

Decreto 3825 de 1985 · Por el cual se dictan medidas sobre reconstrucción de Procesos Contencioso Administrativos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Cuando por cualquier circunstancia no se pudiere identificar el ponente del proceso que se pretenda reconstruir, la petición se someterá a reparto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3825 de 1985