Son Funciones Del Subdirector General: A) Planear, Dirigir, Coordinar Y Controlar Las Actividades Relacionadas Con La Programación Y Desarrollo, E Impartir Las Instrucciones Necesarias Para La Ejecución De Dichas Actividades; B) Planear, Dirigir, Coordinar Y Controlar Las Actividades Relacionadas Con La Administración, Selección Y Capacitación De Personal, De Presupuesto, Servicios Generales Y Publicaciones En La Dirección General; C) Planear, Dirigir, Coordinar Y Controlar Las Actividades De Vigilancia De La Conducta De Los Funcionarios De La Dirección General Y Velar Por La Aplicación Del Régimen Disciplinario; D) Estudiar Y Aprobar El Proyecto De Presupuesto De La Dirección General Y Supervisar Su Ejecución; E) Planear Y Evaluar Las Actividades Relacionadas Con La Información, Especialmente Las De Documentación Y Servicios De Procesamiento Automático De Datos; F) Asesorar Al Director General, Y Colaborar En Su Gestión E Informarle Sobre El Funcionamiento Administrativo De Las Unidades Que Conforman La Dirección General; G) Mantener Permanente Contacto Con Los Administradores De Impuestos Nacionales, Informar Al Director General De La Gestión Adelantada Por Éstos E Impartir Las Instrucciones Necesarias Para Solucionar Los Problemas Que Se Presenten, Y H) Reemplazar Al Director General En Sus Faltas Temporales
Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Son funciones del Subdirector General
a)
Planear, dirigir, coordinar y controlar las actividades relacionadas con la programación y desarrollo, e impartir las instrucciones necesarias para la ejecución de dichas actividades;
b)
Planear, dirigir, coordinar y controlar las actividades relacionadas con la administración, selección y capacitación de personal, de presupuesto, servicios generales y publicaciones en la Dirección General;
c)
Planear, dirigir, coordinar y controlar las actividades de vigilancia de la conducta de los funcionarios de la Dirección General y velar por la aplicación del régimen disciplinario;
d)
Estudiar y aprobar el proyecto de presupuesto de la Dirección General y supervisar su ejecución;
e)
Planear y evaluar las actividades relacionadas con la información, especialmente las de documentación y servicios de procesamiento automático de datos;
f)
Asesorar al Director General, y colaborar en su gestión e informarle sobre el funcionamiento administrativo de las unidades que conforman la Dirección General;
g)
Mantener permanente contacto con los Administradores de Impuestos Nacionales, informar al Director General de la gestión adelantada por éstos e impartir las instrucciones necesarias para solucionar los problemas que se presenten, y
h)
Reemplazar al Director General en sus faltas temporales.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.