Micelio

Artículo 6

Competencia En Materia Salarial

Decreto 2418 de 2015 · por el cual se regula a bonificación por servicios prestados para los empleados públicos del nivel territorial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Competencia en materia salarial. Ninguna autoridad territorial podrá modificar el presente Decreto. Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 4ª de 1992. El Departamento Administrativo de la Función Pública es el órgano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional. Ningún otro órgano puede arrogarse esta competencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2418 de 2015