º. Promúlganse la "Convención Interamericana sobre Exhortos y Cartas Rogatorias", suscrita en Panamá el 30 de enero de 1975 y el "Protocolo Adicional de la Convención Interamericana sobre Exhortos y Cartas Rogatorias", hecho en Montevideo el 8 de mayo de 1979. (Para ser transcritos en este lugar se adjuntan fotocopias del texto de la "Convención Interamericana sobre Exhortos y Cartas Rogatorias", suscrita en Panamá el 30 de enero de 1975 y del "Protocolo Adicional de la Convención Interamericana sobre Exhortos y Cartas Rogatorias", hecho en Montevideo el 8 de mayo de 1979, debidamente autenticada por el Jefe de la Oficina Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores). PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE EXHORTOS O CARTAS ROGATORIAS Los Gobiernos de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos, deseosos de fortalecer y facilitar la cooperación internacional en materia de procedimientos judiciales conforme a lo dispuesto en la Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias, suscrita en Panamá el 30 de enero de 1975, han acordado lo siguiente:
Decreto 2051 de 1999 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 2051 de 1999 · por el cual se promulgan la "Convencion Interamericana sobre Exhortos y Cartas Rogatorias", suscrita en Panama el 30 de enero de 1975 y el "Protocolo Adicional de la Convencion Interamericana sobre Exhortos y Cartas Rogatorias", hecho en Montevideo el 8 de mayo de 1979
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.