Micelio

Artículo 45

Variables De Calificación En La Convocatoria

Decreto 1160 de 2010 · por medio del cual se reglamentan parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3ª de 1991, 388 de 1997, 546 de 1999, 789 de 2002 y 1151 de 2007, en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural y se deroga el Decreto 973 de 2005.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Variables de calificación en la Convocatoria. La calificación de los hogares postulados en la convocatoria se realizará de acuerdo con las siguientes variables: Puntaje Máximo por Variables de Calificación Tipo Variable Descripción de Variables Valor Máximo Hogar Número de miembros del hogar 4 Condición de madre cabeza de familia u hogar uniparental 3 Presencia Población Dependiente 6 Nivel SISBÉN 5 Número de postulaciones 5 Perteneciente a grupos étnicos o afrocolombianos 2 Propiedad del Predio 5 Total Hogar 30 Municipio NBI 30 Total Municipio 30 Arquitectónica Metros cuadrados adicionales a los exigidos 10 Total Arquitectónicas 10 Financieras Aporte Contrapartida 20 Articulación departamento-municipio 5 Otros Aportes (Diferente a aportes de Entes territoriales) 5 Total Financieras 30 Total Calificación 100

Parágrafo 1

A las comunidades Indígenas se les asignará el Nivel 1 del Sisbén.

Parágrafo 2

Para los hogares postulados a la Bolsa de Política Sectorial Programa de Afectados por Desastres Naturales se entenderá la variable del nivel Sisbén como nivel 1.

Parágrafo 3

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural definirá los rangos para cada variable de calificación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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