Micelio

Artículo 23

Son Funciones Del Grupo De Encuestas Laborales: A) Adelantar Encuestas En Los Lugares De Trabajo, Para Detectar La Situación Laboral Y De Seguridad Social De Los Trabajadores; B) Rendir Informes Periódicos Sobre La Situación Encontrada En Los Sitios De Trabajo, A La Sección De Visitaduría Del Trabajo, Y C) Elaborar Cuadros Estadísticos Sobre Las Encuestas Realizadas Y Producir Informes Comparativos Sobre La Situación Encontrada

Decreto 62 de 1976 · Por el cual se modifica la organización administrativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 23. Son funciones del Grupo de Encuestas Laborales

a)

Adelantar encuestas en los lugares de trabajo, para detectar la situación laboral y de seguridad social de los trabajadores;

b)

Rendir informes periódicos sobre la situación encontrada en los sitios de trabajo, a la Sección de Visitaduría del Trabajo, y

c)

Elaborar cuadros estadísticos sobre las encuestas realizadas y producir informes comparativos sobre la situación encontrada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 62 de 1976