El auxilio nacional en cuantía de cien mil pesos ($ 100.000.00) apropiado en el Presupuesto Nacional para la vigencia fiscal de 1959, en el Capítulo 594, artículo 6040, para dar cumplimiento a la Ley 68 de 1947 , será entregado al Municipio de Buga, con destino exclusivo a la construcción del Matadero Público, como lo ordena el artículo 2 de la citada Ley 68 de 1947 . La Contraloría General de la República, supervigilará la inversión de este auxilio y el Tesorero Municipal rendirá cuentas a esta entidad.
Ley 76 de 1959 →Vigente
Artículo 3
Ley 76 de 1959 · por la cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1959. (Ministerios de Gobierno, de Relaciones Exteriores, de Hacienda y Crédito Público, de Agricultura, de Minas y Petróleos, de Educación Nacional, y Departamento.Administrativo Nacional de Estadística).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.