o. A partir del 1° de enero de 1990, la remuneración para los empleos del personal docente del nivel universitario de la Universidad Pedagógica Nacional, según categorías del escalafón, será la siguiente: CATEGORIA UNIDADES DE ASCENSO BASICAS POR CATEGORIA ASIGNACION BASICA MENSUAL Profesor Auxiliar 214 $ 143.400 Profesor Asistente 314 191.400 Profesor Asociado 434 249.000 Profesor Titular 594 325.800
o. En la escala a que se refiere el presente artículo, la primera columna indica las categorías del escalafón docente; la segunda señala el número de unidades de ascenso correspondiente a éstas; y la tercera la asignación básica mensual, que se obtiene partiendo de la suma básica de ciento cuarenta y tres mil cuatrocientos pesos ($143.400.00) moneda corriente, para todas las categorías, más el resultado del producto entre las unidades de ascenso acreditadas por encima de 214 y el valor vigente para cada unidad de ascenso.
o. A partir del 1° de enero de 1990, el valor de cada unidad de ascenso obtenida por encima de la base de 214, será de cuatrocientos ochenta pesos ($480.00) moneda corriente.
o. La asignación básica mensual indicada en el presente artículo, corresponde a empleos de tiempo completo de la planta de personal, o sea con dedicación de cuarenta (40) horas semanales. Los empleos de tiempo parcial se remuneran en forma proporcional a su dedicación.