Micelio

Artículo 1

Decreto 214 de 1957 · Por el cual se destina un vehículo de propiedad de la Nación para el uso de una Institución en el Municipio de Rionegro (Antioquia)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Cédese al Municipio de Rionegro (Antioquia), con destino al uso y servicio del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de esa ciudad, un pick-up marco Fargo, modelo 1956, motor T-36-10714, distinguido con las placas números 2039, de propiedad de la Nación, y que se encuentra al servicio del Ministerio de Fomento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 214 de 1957