Micelio

Artículo 4

Transporte Masivo

Decreto 569 de 2020 · Por la cual se adoptan medidas sobre la prestación del servicio público de transporte y su infraestructura, dentro del Estado de Emergencia, Económica, Social y Ecológica

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transporte masivo . Durante el término que dure el aislamiento preventivo obligatorio de que trata el Decreto 531 de 08 de abril de 2020 o durante el termino de cualquier aislamiento preventivo obligatorio decretado per el Gobierno nacional con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19, se permite operar el servicio público de transporte masivo para el transporte de pasajeros con fines de acceso a servicios de salud a de prestación de servicios de salud y a las personas que requieran movilizarse en los términos del Decreto 531 de 8 abril de 2020 a durante el termino de cualquier aislamiento preventivo obligatorio decretado par el Gobierno nacional,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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