° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1962: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Salud Pública Contracréditos I. Gastos directos del Ministerio B) Rama Técnica CAPITULO 0911 Instituto Nacional de Salud Programa V Subdivisión de Drogas, Alimentos y Cosméticos Servicios personales 101, 331. Artículo 9219. Remuneración servicios técnicos $ 40 000.00 Gastos generales 106, 331. Artículo 9225. Viáticos y gastos de viaje $ 10.000.00 Suman los contracréditos $ 50.000.00 Crédito I. Gastos directos del Ministerio A) Dirección del Ministerio CAPITULO 0904 Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación Programa II Investigación y Educación en Salud Pública Transferencias 205, 331. Artículo 9058. Para auxiliar Congresos, Seminarios, etc., de carácter científico relacionado con cualquiera de los ramos de la medicina y de la salud pública 50.000.00 Ordinal 7. Para entregar a la Universidad Nacional de Colombia, como auxilio para los gastos que se ocasionen con motivo del Seminario y Congreso de Enseñanza Dentales $ 50.000.00 Suma el crédito $ 50.000.00
Decreto 3349 de 1962 →Vigente
Artículo 1
Hácense Las Siguientes Traslaciones En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1962: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Salud Pública Contracréditos I
Decreto 3349 de 1962 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1962 (Ministerio de Salud Pública), por $50.000.00 moneda legal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.