Micelio

Artículo 58

De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Capítulo Tres Del Acuerdo De Aplicarse La Medida De Salvaguardia Textil, Colombia Proporcionará A Los Estados Unidos De América, Una Compensación De Liberalización Comercial Mutuamente Acordada En Forma De Concesiones Que Tengan Efectos Comerciales Sustancialmente Equivalentes O Que Sean Equivalentes Al Valor De Los Gravámenes Adicionales Que Se Espere Resulten De La Medida De Salvaguardia Textil

Decreto 730 de 2012 · por el cual se da cumplimiento a los compromisos adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con lo dispuesto en el Capítulo Tres del Acuerdo de aplicarse la medida de salvaguardia textil, Colombia proporcionará a los Estados Unidos de América, una compensación de liberalización comercial mutuamente acordada en forma de concesiones que tengan efectos comerciales sustancialmente equivalentes o que sean equivalentes al valor de los gravámenes adicionales que se espere resulten de la medida de salvaguardia textil. Estas concesiones se limitarán a las mercancías textiles o del vestido, salvo que se acuerde algo distinto. SECCIÓN B MEDIDAS DE SALVAGUARDIA BILATERAL

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 730 de 2012