Micelio

Artículo 2.4.1.1.2.12

Derogado

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.4.1.1.2.12. Libreta de Embarco. La Libreta de Embarco por su parte, acredita, además de los períodos de embarco del tripulante y los cargos desempeñados a bordo, la aptitud física del titular en los términos señalados por la Ley 35 de 1981, y/o el presente Capítulo, en particular en lo referente a la vista y el oído y en algunos casos el habla, siendo a su vez obligatoria para toda la gente de mar de transporte marítimo a que se refiere la presente parte, con excepción de quienes efectúen embarco de entrenamiento bajo cualquier condición, como supernumerario a bordo y de los auxiliares de marinería a que se refiere el Artículo 2.4.1.1.2.2., numeral 31.

(Decreto 1597 de 1988 artículo 16)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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