Micelio

Artículo 5

Ley 782 de 2002 · Por medio de la cual se prorroga la vigencia de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por la Ley 548 de 1999 y se modifican algunas de sus disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 12 de la Ley 418 de 1997 , prorrogado por la Ley 548 de 1999 , quedará así:

Artículo 12. Las personas que participen en los acercamientos, diálogos o negociaciones, así como en la celebración de los acuerdos a que se refiere el presente capítulo con autorización del Gobierno nacional, no incurrirán en responsabilidad penal, ni disciplinaria por razón de su intervención en los mismos.

Parágrafo

Podrán solicitar el archivo de la investigación, la preclusión de la misma o cualquier forma de terminación cuando se demuestre que los hechos fueron desarrollados en cualquiera de las etapas del proceso de acercamientos, negociaciones, diálogos, firma de acuerdos y de las derivadas de la implementación de los acuerdos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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