El Departamento Administrativo del Servicio Civil se abstendrá de aprobar modificaciones a las plantas de personal de los establecimientos públicos, hasta cuando el Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General del Presupuesto- haya emitido su concepto, de conformidad con los Decretos 294 de 1975 y 1042 de 1978, dependencia que requerirá para su consideración y trámite de los siguientes documentos:
Exposición de motivos donde se expliquen claramente las razones que originan las modificaciones a la planta de personal;
Certificado de disponibilidad presupuestal expedido por el funcionario competente y refrendado por el Auditor Fiscal de la entidad en donde conste claramente la existencia de los recursos con que se va a atender el incremento en la nómina;
Costo comparado de la planta vigente y de la que se propone detallando el número de cargos, denominación, grado ocupacional y el valor correspondiente.