La violación de la ley o de los estatutos por parte de una asociación gremial agropecuaria sometida a IE vigilancia. y control del Ministerio, será sancionada por éste mediante resolución motivada, de acuerdo con la gravedad de la infracción, en la siguiente forma
Amonestación escrita, por una sola vez.
Multas hasta de $ 50.000.00, en cada ocasión.
Suspensión de la personería jurídica hasta por seis (6) meses.
La cancelación de la personería jurídica.
Las sanciones pueden ser revocadas por el Ministerio, de oficio o a petición de parte, mediante resolución motivada, cuando se establezca plenamente que s han subsanado las irregularidades que las motivaron.